encabezado bolivariano
ente nacional del gas
  Inicio > Áreas de Importancia > Precios y Tarifas
  Organización
  Marco Legal
  Gas Natural
  Áreas de Importancia
  Transporte
  Almacenamiento
  Distribución
  Comercialización
  Precios y Tarifas
  Calidad
  Medio Ambiente
  Comunicación
  Publicaciones
  Proyectos de Gas
  Desarrollo Social
  Atención al Usuario
  Pasantías
  Oportunidad de Empleo
  Contáctenos
  Enlaces de Interés
  Preguntas Frecuentes
  Mapa del Sitio

 

Precios y Tarifas
La tarifa del servicio de suministro de gas metano es la sumatoria de: Precio de adquisición del gas, tarifa de transporte, tarifa de distribución industrial y tarifa de distribución doméstica (en caso de ser aplicable). Cada uno de estos elementos corresponde respectivamente a la valoración del recurso y los servicios de transporte, distribución industrial y distribución doméstica, actividades necesarias para colocar el gas a disposición del usuario.

Los precios del gas en los centros de despacho, son fijados por el Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo y son revisados anualmente. En el caso de las tarifas de transporte, distribución industrial y distribución doméstica se fijan conjuntamente por el Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo y el Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio, previa propuesta del Ente Nacional del Gas.

Corresponde al Ente Nacional del Gas, asesorar a los diferentes sujetos de la industria del gas sobre la adecuada aplicación de las fórmulas para el cálculo de los precios y tarifas del gas.


Cálculo de la Tarifa del Servicio de Suministro de Gas Metano
(Precios y Tarifas vigentes año 2010)

Región:
Tipo de Consumidor:
Volumen :
Fijo
Variable: mc (metros cúbicos)
 
Centro de Despacho:
(presione el botón Calcular)
Precio
Gas Metano
Tarifa
Transporte
Industrial
Doméstico
Comercial
Total
(Bs.F/mc)
Total
(Tarifa X Volumen)
Bs.F 0,0000
Bs.F 0,0000
Bs.F 0,0000
Bs.F 0,0000
Bs.F 0,0000
Bs.F 0,0000

N/A: No Aplica

Las personas jurídicas que realicen actividades de subdistribución de gas metano, podrán cobrar, únicamente, a sus clientes industriales, un diferencial adicional de hasta un diez por ciento (10%), sobre el monto de la respectiva tarifa de distribución para la red industrial. En ningún caso este diferencial se cargará en la facturación de consumo de los clientes.

Precios: Según resolución del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo Nro 018 de fecha 08/02/2006 publicada en gaceta oficial Nro 38401 de fecha 20/03/2006.
Tarifas: Según resolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular para la Energía y Petróleo e Industrias Ligeras y Comercio Nros DM/139 y DM/019 de fecha 20/02/2006 publicada en gaceta oficial Nro 38386 de fecha 23/02/2006.

pie de página
Ente Nacional del Gas 1999-2010

PHP
PostgreSQL
AJAX validado

Como plataforma tecnológica utilizamos Software Libre. El sitio web fue desarrollado bajo Ajax
como técnica de programación con lenguaje PHP y base de datos PostgreSQL.

ente nacional del gas